Koorditek somos una empresa especializada en Redacción de Planes de seguridad y salud de obras ubicada en Donostia - San Sebastián (Gipuzkoa).
¿Le han adjudicado una obra y el coordinador de seguridad le pide el plan de seguridad y salud de la misma?
¿Sabe que para realizar la mayoría de obras de construcción el constructor debe disponer del correspondiente plan de seguridad y salud?¿Sabe que para realizar la mayoría de obras de construcción el constructor debe disponer del correspondiente plan de seguridad y salud?
EN KOORDITEK REDACTAMOS Y TRAMITAMOS CUALQUIER TIPO DE PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD DE OBRAS DE CONSTRUCCIÓN PARA QUE USTED NO TENGA QUE PREOCUPARSE DE NADA.
El Plan de Seguridad y Salud (PSS) de una obra de construcción es el documento redactado por el constructor donde se analizan, estudian y se complementan las previsiones del estudio o estudio básico de seguridad presente en el proyecto y de acuerdo con su propio sistema de ejecución.
En este plan se deben indicar si procede, las propuestas de medidas alternativas de prevención que el contratista proponga, con la correspondiente justificación técnica, que no pueden disminuir los niveles de seguridad previstos en el estudio o estudio básico.
En Koorditek disponemos de técnicos superiores en prevención de riesgos laborales con una amplia experiencia en redacción de planes de seguridad y salud. Si su empresa necesita un PSS contacte con nosotros i le informaremos. Rapidez, profesionalidad y buen precio son nuestros compromisos.
Deben disponer de Plan de Seguridad y Salud todas las obras que dispongan de proyecto y por lo tanto también de estudio o estudio básico de seguridad y Salud.
En el caso de obras sin proyecto, no es necesario disponer de plan de seguridad y tan solo se deberá comprobar que los trabajos a realizar en la obra estén contemplados en la evaluación de riesgos de la empresa.
El plan de seguridad y salud de una obra debe ser realizado por el contratista de la misma en aplicación del estudio o estudio básico adjunto en el proyecto.
El plan de seguridad y salud de 'una obra debe redactarse antes del comienzo de la misma.
Cuando se disponga ya del Plan de SS, el coordinador de seguridad de la obra o la dirección facultativa en su defecto serán los encargados de revisarlo y si procede aprobarlo. En el caso de obras públicas, la aprobación del plan será realizado por parte de la administración que contrata la obra.
Cuando se disponga de la aprobación tan solo se deberá realizar el trámite conocido como apertura del centro de trabajo ante la administración competente, ya sea de forma presencial o telemática.
Una copia del plan de seguridad y salud deberá permanecer en la obra y se debe informar de su contenido a todos los agentes que intervienen en la misma.
Los planes de seguridad y salud de las obras de construcción están regulados por el RD 1627/97 y sus disposiciones concordantes.
Para ofrecerle el mejor precio, no fijamos un importe fijo para la redacción de planes de seguridad y salud, y lo determinamos en función del presupuesto y características de la obra.
Resumiendo, podemos decir que el plan de seguridad y salud desarrolla los aspectos principales y primordiales de un estudio de seguridad y salud en conjunto o teniendo en cuenta la evaluación de riesgos laborales que la empresa contratista ha redactado anteriormente.
El PSS es el documento que plasma de manera práctica las indicaciones del ESS o, en su caso, del estudio básico.
Cada Contratista elaborará un Plan de Seguridad y Salud en el trabajo en el que se analicen, estudien, desarrollen y complementen las previsiones contenidas en el estudio o estudio básico, en función de su propio sistema de ejecución de la obra.
Pasaremos a estudiar el proyecto y realizaremos un presupuesto a medida.